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viernes, noviembre 07, 2008

Afinsa declarada actividad financiera

Al menos segun el juzgado mercantil, no se si esta decision vale tambien para el proceso penal, o en la Audiencia tienen que decidir aparte si era financiera o mercantil.

El caso es que en las ultimas horas se ha conocido la sentencia del juez Vaquer, en la que fija la actividad de Afinsa como financiera y no mercantil. Lo que ha supuesto condenar a Hacienda a devolver tanto el IVA como el Impuesto de Sociedades ya que implica una nueva forma de contabilidad que da como resultado perdidas y como consecuencia el cambio de exigencias tributarias.

Mantiene la tasacion de 200 y pico millones y no los 2000 y pico que pretendian los antiguos propietarios de la empresa, por no incluir en su reclamacion los elementos esenciales que debe tener una prueba pericial (no me pregunteis cuales son estos elementos).

El ex-presidente de la empresa, Juan Antonio Cano, dice que es una decision sorprendente (si el PP ya hablaba de devolver echando mano del fondo de garantia, ese fondo que esta destinado a las actividades financieras... a mi ya me daba mucho que pensar y ya veis que alguna que otra vez despues de las elecciones os he seguido citando este particular porque es de esas cosas que te deja con la mosca detras de la oreja. Para mi sorpresa fue que dijera eso el PP pero esto ya... pues no).

El juez sustenta su opinion en que la intencion de los inversores no era comprar filatelia sino asegurar un rendimiento monetario, y que la empresa nunca realizo labores de intermediacion en la compra de sellos, mientras que Cano afirma que la intermediacion existio fuera o no remunerada.

Cano tambien ha denunciado que la valoracion de los sellos se ha hecho no uno por uno, sino por muestreo.

El juez tambien ha encargado a los administradores concursales fijar las cantidades que desde el 98 al 2005 debera devolver Hacienda.

Hasta aqui la noticia, ahora mis comentarios:

Como os decia antes, esta sentencia no me sorprende demasiado, puesto que ya digo, si el PP hablaba del fondo de garantia de depositos como posible fuente de devoluciones a los afectados, todo hace pensar que daba por hecho que alguna sentencia o algo permitiria agarrarse a esta posibilidad. A lo mejor no sabian nada y ha sido casualidad, pero proponer una solucion que precisa una justificacion, y dicha justificacion te la puede dar el juez... pues cada uno que piense lo que quiera.

Creo que el problema de fondo es que Afinsa no era ni mercantil ni financiera, o mejor dicho, era las dos cosas, un modelo mixto. Yo a lo mejor lo decretaria asi, como modelo mixto en medio de un vacio legal, pero habitualmente se intenta adaptar todo a lo que ya se conoce, por lo que quien saca un producto nuevo o un servicio original ya se puede poner a temblar (ya veis que por ejemplo los foros de Internet los han querido asimilar a los medios de comunicacion, y si alguien comete un delito o falta en ellos, el administrador puede verse en un problema, cuando a lo mejor ni siquiera conoce dicho mensaje, al contrario que ocurre en los medios de comunicacion donde cuando se emite algo se tiene constancia de lo que se esta emitiendo. El foro de Internet, o los comentarios de los blogs son otra cosa, con otras caracteristicas, pero da igual, se asimila a lo que ya existe con todas las consecuencias).

Con lo cual si un producto no existente anteriormente lo tienes que adaptar a algo que ya se conoce, a lo mejor se elige la mejor alternativa que no lo dudo, pero es probable que no caracterice realmente al producto, habria que hacer una regulacion especifica para ese producto, y si no estaba hecha, la culpa es de quien lo dejo funcionar sin regular, no de quien funcionaba.

Fuera de las disquisiciones sobre si la sentencia es acertada o no (porque mientras el sistema judicial no sea como un ordenador, que con los mismos parametros de los mismos resultados, o que todo el mundo unifique su concepto de "prueba evidente" y muchas cosas mas, pues obviamente dan, no solo esta, para mucho hablar. Convencer a alguien de algo no tiene nada de cientifico y/o exacto, no se sabe muy bien que hay que hacer para lograrlo, e incluso que el cielo es azul pueden negartelo por falta de pruebas tangibles, porque no esta reglamentado, porque no esta claro que sea azul, o cuestiones similares... No seria la primera vez que vas a la administracion ley en mano mas claro imposible, y te dicen que ellos no lo interpretan asi, cuando lo pone palabra por palabra... en fin, que es todo muy impredecible...), porque el tema de que la empresa no era intermediaria no se como se puede justificar, tanto si se considera financiara como si se considera mercantil (a lo mejor es que en los servicios financieros, no es intermediario el que facilita sus propios productos, solo si proporciona productos externos, y se considera que los sellos eran productos propios de la empresa, es que no tengo ni idea, porque yo no acudi personalmente a ningun vendedor de sellos a comprarlos, los compro la empresa...), la cuestion que se me plantea ahora es que si resulta que la empresa era financiera judicialmente hablando...

1. por que no estaba regulada por el Banco de España (y la CNMV si la actividad lo exigia)?

2. si no estaba regulada porque no estaba inscrita, como es que consumo no la traspaso a los organos de regulacion del mercado financiero, dio la voz de alarma, o se actuo directamente al publicitarse y estar 25 años en funcionamiento a plena luz del dia? Como es que las instituciones financieras, conociendo su existencia, no tomaron cartas en el asunto exigiendo controlarlas? o es que no las conocian y a lo mejor estamos ante un caso de falta de control y de informacion interna clamoroso? Ah, no, si la CNMV si que sabia alguna cosilla sobre ellas...

3. si se decreta su caracter financiero, es con todas las consecuencias? quiero decir, si era una empresa financiera, funcionan para ella las garantias arbitradas para estas entidades? (el fondo de garantia de depositos, por ejemplo). No, no, ya se que no al menos en primera instancia si no se reclama, pero lo se por el escandalo que supondria, no porque entienda muy bien por que se permite a una empresa funcionar tanto tiempo, luego se decreta que es financiera, y no se cubren esos años de funcionamiento en los que la administracion no hizo nada por regularla con las garantias que le corresponden de acuerdo a esta modalidad. Y si Hacienda tiene que respetar sus nuevos derechos tributarios y apañar las diferencias respecto a su situacion anterior, por que el FGD no tiene que respetar su nueva denominacion y reparar las diferencias respecto a tiempos anteriores?

4. es esta la sentencia que se esperaba, con las cuentas definitivas, para proceder a la eleccion entre convenio y liquidacion?

en fin, muchos interrogantes como siempre.

nota: Forum fue declarada financiera en su dia, yo no lo recordaba la verdad si es que me llegue a enterar, porque tampoco me acuerdo :-), en el foro de la AAFF desarrollan un hilo sobre el particular e imagino que seguira creciendo.