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viernes, octubre 24, 2008

hablando de las devolucion de los creditos de los sellos

Si recordais hablaba en un post anterior de si el dinero que recuperaran los de Forum (porque son los primeros que parece que van a ver algo de dinero) iria directamente a pagar los creditos ICO en el caso que se hubieran pedido. Que segun el plan de liquidacion podia adivinarse que si, aunque no quedaba muy claro.

Hoy me ha llegado la copia de la escritura del prestamo que firme hace casi tres meses. No lleva miniaturas medievales, ni encaje de bolillos con los hilos del papel, como cabria pensar despues de este tiempo, no :-) Pero lleva una clausula que no si estaba en el primer contrato de la primera fase (ya lo mirare cuando tenga un rato) en la que dice que:

... "igualmente resultara obligatoria la amortizacion si el beneficiario final con anterioridad al vencimiento del prestamo recuperara alguna cantidad de las debidas en el seno de los procedimientos judiciales".

O sea, que segun entiendo al menos los que hayamos firmado algo similar a esto, si deberemos dedicar el dinero recuperado a la amortizacion. Peroooooooo la duda que me corroe es la siguiente: que pasa si tenemos firmados dos creditos con dos entidades, el dinero que se recupere se partira a la mitad? o sera para una integramente y la otra saldra de nuestro bolsillo? o como sera esto?

Y por otro lado, que pasa con los honorarios de los abogados que se supone que salen del dinero recuperado? vamos, que tu parte de ese dinero anteriormente lo has podido comprometer con otras personas (en este caso los abogados) puesto que no sabias nada de que te iban a exigir esto. En fin, que seguro que hay opiniones para todos los gustos, pero no me parece normal que un dinero del que pueden tener que salir unos gastos previamente pactados con asociaciones, abogados, etc, de pronto te digan que no, que no puedes disponer de el, que tiene que ser para amortizar integramente.

Digo yo que primero tendran que cobrar aquellas personas con las que ya tuvieras pactado un pago, que estaban antes, y luego en todo caso amortizar, y si no llega, a los cinco años pagarlo de tu bolsillo como estaba establecido.

Si que es verdad que en las bases del ICO ponia que el credito eran cinco años o hasta que se recuperara el dinero por via judicial, pero la lectura de esta frase a mi me daba a entender la totalidad del credito pedido, no de forma parcial, y no recuerdo que este particular estuviera especificado en las bases que yo consulte. Igual si y no lo vi.

Porque esto da para mucho hablar. Despues del parrafo que os decia, se aclara que en este caso (el anterior entrecomillado) no habra penalizacion si se amortiza en los 30 dias siguientes naturales a la "recepcion de las cantidades". Pero claro, segun yo firme y creo que no me falla la memoria en este caso, con la asociacion, esta o el abogado cobraria en mi nombre lo que me correspondiera y me ingresaria el sobrante que quedara despues de abonar el tanto por ciento sobre lo recuperado al despacho. Con lo cual si hablamos de "recepcion de cantidades", las cantidades que segun esto yo voy a recibir (digo yo como cualquier afectado, yo ahora no recibo nada porque en Forum no me pillaron) no son realmente todo lo que me corresponde, seran lo que me corresponde menos los honorarios legales. Entonces es esto lo que tengo que amortizar? lo que se me ingrese? o lo que me corresponda?

Y siguiente duda, si ahora se apunta en el plan de liquidacion de Forum que sera la administracion concursal la que abonara, o rescindira o no se que hara a la gente que tenga el credito de ICO, entonces lo que firmamos con las asociaciones de que ellos recibian el dinero, sera incumplido? (obviamente por causas ajenas a nosotros) y eso por que? quiero decir, hasta que punto nos pueden hacer incumplir un compromiso previamente adoptado porque un buen dia deciden que los pagos los hacen de tal o cual manera? no tendrian que adaptarse a los compromisos que ya firmamos y que nadie nos advirtio que no firmaramos o que fueran nulos por falta de capacidad para decidir en ese aspecto o lo que sea?

Si ya me estoy oliendo que esto del ICO nos va a suponer rascarnos encima el bolsillo para pagar a los abogados aparte como minimo.